Requisitos del acuerdo extrajudicial de pago

Requiere su tramitación de buena fe y no solo como el cumplimiento de un requisito formal sin la voluntad real de alcanzar un acuerdo.

En el  artículo que publicamos el mes pasado titulado “El acuerdo extrajudicial de pagos”  explicamos que éste era un mecanismo dirigido a que el deudor que se encuentra en una situación de insolvencia, actual o inminente, pudiera intentar alcanzar, en el ámbito extrajudicial y con la intervención de un mediador concursal,   un acuerdo con sus acreedores y superar la situación de insolvencia.   Subrayamos la importancia de solicitar el acuerdo extrajudicial de pagos  puesto que si un deudor no ha intentado el mismo sólo  podrá acogerse al beneficio de la exención total  si ha liquidado, como mínimo, el 25 {73cb264b38121a568b1cf71e184e062c7a2f71a85946c494ceb2027e1d5dbc70} de los créditos concursales ordinarios. A la luz de la Jurisprudencia existente queremos profundizar en qué supuestos se entiende cumplido el requisito de haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos.

Según la Jurisprudencia la utilización del acuerdo extrajudicial de pagos como simple medio para «cumplir el expediente » y así evitar el abono del 25{73cb264b38121a568b1cf71e184e062c7a2f71a85946c494ceb2027e1d5dbc70} del crédito ordinario no puede sino ser considerado como un fraude de ley que no puede ser amparado. El beneficio se otorga a aquellos que han acudido a dicha vía e intentado de manera real y efectiva con sus acreedores llegar a un entendimiento acerca del modo y forma de abonar sus créditos, bajo el prisma de la reducción del crédito o del aplazamiento de su pago en condiciones distintas y más ventajosas para el deudor, de manera que los acreedores consideren más adecuado y ventajoso a sus intereses el cobro de una cantidad inferior o en un mayor plazo de la deuda, frente al peligro que supondría no cobrar o cobrar una cantidad exigua por verse abocado el deudor a un proceso concursal liquidativo.

Esta es una nota meramente informativa, para más información sobre concursos de acreedores pueden ponerse en contacto con nosotros, y atenderemos todas las dudas y cuestiones que le puedan surgir.

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