El concurso de acreedores de empresa sin masa activa, microempresas y la web del Servicios Electrónico de Microempresas.

Como ya dijimos en un post anterior, la nueva redacción del Libro III del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, establece un proceso especial para las microempresas (empresas que hayan empleado durante el año anterior a la solicitud de concurso a una media de menos de 10 trabajadores, y que tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 € o un pasivo inferior a 350.000 € según las cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud concursal), ha reservado un especial protagonismo a la web estatal del Servicio Electrónico de Microempresas.

Se establece así la obligatoriedad de presentar tanto la comunicación previa concursal como la propia solicitud de concurso a través de esa aplicación, a riesgo de que el Juzgado de lo Mercantil tenga por no presentada la solicitud hecha directamente el Juzgado, sin posibilidad siquiera de subsanación.

Durante los últimos meses se han producido incidencias y quejas sobre el funcionamiento de esa aplicación, unas por su deficiente funcionamiento y otras por la exhaustividad de información solicitada, que excede en muchas ocasiones a la requerida por la propia Ley Concursal. Y que de no completarse debidamente impiden avanzar y formalizar la solicitud a través de dicha página web, provocándose así situaciones de no poder presentar la solicitud ni por medios telemáticos ni directamente ante el Juzgado.

Para salir al paso de estas incidencias, y mientras no se cambie el criterio, actualmente los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona están admitiendo las solicitudes de concurso voluntario de acreedores, incluso sin masa, sin necesidad de formular previamente la solicitud en la web del Servicio Electrónico de Microempresas.

Confiemos en que las distintas administraciones faciliten el trabajo a los operadores jurídicos.

Para cualquier duda sobre procedimientos concursales puede ponerse en contacto con INTERASESORES ABOGADOS Y ECONOMISTAS.